Administración General versús Administración Especial (Pere) - Foro General (tertulia, debate, otros)

Busca aquí tu oposición

Indícanos tu Email

435.434 mensajes • 21.213 usuarios registrados desde el 29/11/2005

Foro creado el 29/11/2005 10:01 • Mensajes (Incluyendo respuestas): 30.895 • Último mensaje: 24/02/2026 14:15

Enviado el 13/02/2009 12:40Mensajes: Usuario no registrado
Pere

Administración General versús Administración Especial

Me podría decir alguien, si en virtud de un interés legitimo del fucionario como podría ser la promoción profesional, cabría obviar la clasificación entre AG y AE. Por ejemplo, ante una convocatoriá de una provisión por concurso específico. Hay que tener en cuenta que el puesto está clasificada previamente.



Cabría, por otro lado, impugnar la convocatoría en base a dicho interés. ¿Cuál sería el procemiento de impugnación?. Primero solitiar la modificaión del catalógo y luego de las bases o hacer las dos cosas a la vez.

0 Respuestas al Mensaje

ATENCIÓN: Cualquier mensaje que se salga de la dinámica de la que trata cada foro será eliminado sin previo aviso. Antes de participar en nuestros servicios tal como este foro, debe leer y aceptar la POLITICA DE PROTECCIÓN DE DATOS, el AVISO LEGAL y las NORMAS DE USO DEL FORO.