Enviado el 07/01/2018 18:44Mensajes: Usuario no registrado
Bases ayto Murcia
Hay que presentar contra ellas, recurso contencioso administrativo, pero ya
Enviado el 08/01/2018 09:39Mensajes: Usuario no registrado
RE:Bases ayto Murcia
¿Donde estan publicadas las bases?
Enviado el 08/01/2018 16:27Mensajes: Usuario no registrado
RE:Bases ayto Murcia
Borm núm 291 de 19/12/2017, página 34907
Enviado el 08/01/2018 17:58Mensajes: Usuario no registrado
RE:Bases ayto Murcia
Estoy de acuerdo creemos una plataforma para impugnarlas......dios santo que forma de regalarles el aprobado.....es de risa...por el hecho de ser interino ya te aprueban el segundo examen....por toda la cara y que casualidad seguro que ese segundo examen van a ir a muerte y va a ser el mas dificil, vamos la criba, y el primero medio facilillo.......Hijos de la fruta!!!!!.....a IMPUGNARLAS!!!!
Yo desde luego no me presento ni de coña como sean asi y no se modifiquen.
Enviado el 08/01/2018 19:21Mensajes: Usuario no registrado
RE:Bases ayto Murcia
Claro, pero no presentarse no es una opción, hay que luchar para que las modifiquen. Se ha creado una asociación para interponer recurso contencioso admvo contra ellas. No se trata de beneficiar a nadie sino de que sea un proceso JUSTO y con las garantías que la constitución y el ordenamiento jurídico amparan.
El e mail de la asociación es el siguiente, por si a alguien le interesa. Cuantos más seamos, más peso tendrá y más económico saldrá. El futuro de todos está en juego. No podemos permitir que se rían así en nuestra cara.
imcasociacion@gmail.com, preguntar y os informan de todo. Como digo, si nos quedamos quietos no haciendo nada o no presentándonos, nunca conseguiremos nada.
Enviado el 18/04/2018 00:04Mensajes: Usuario no registrado
RE:Bases ayto Murcia
Como va el tema de las bases? Alguien sabe algo??
Y cuantos temas son??
Graciassss
Enviado el 18/04/2018 10:11Mensajes: Usuario no registrado
RE:Bases ayto Murcia
¿Y no se os ha pasado el plazo?
Octava.- Recursos.
La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de la actuación del tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma prevista en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Segundo. Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de esta publicación o, directamente recurso contencioso?administrativo ante el órgano correspondiente de dicha jurisdicción en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro que los interesados pudieran estimar oportunos.”
Murcia, a 01 de diciembre de 2017.—El Alcalde, P.D., la Jefa de Selección y Formación
Enviado el 23/04/2018 10:12Mensajes: Usuario no registrado
RE:Bases ayto Murcia
Lo dicho.................VERGONZOSO (copia y pego literal, de las bases):
Podrá eximirse de la realización de esta segunda parte del ejercicio teniendo en cuenta su conocimiento acerca de los cometidos específicos del temario desarrollados en su puesto de trabajo a aquellos aspirantes que reúnan los requisitos que a continuación se detallan:
a) Ser funcionario interino del Ayuntamiento de Murcia.
b) Estar en servicio activo en la plaza objeto de la convocatoria en la fecha de presentación de instancias a la misma.
c) Acreditar un período mínimo de servicios como funcionario interino de tres años ininterrumpidos en el Ayuntamiento de Murcia en la plaza objeto de la convocatoria.
d) Lo solicite voluntariamente.
Se considerará también como tiempo de servicios prestados aquel durante el cual los aspirantes interinos no estén prestando servicios por encontrarse en situación de excedencia por cuidado de hijo.
Enviado el 10/06/2018 12:29Mensajes: Usuario no registrado
RE:Bases ayto Murcia
Alguien tiene más info sobre esta oposición? Gracias