Enviado el 03/07/2017 10:32Mensajes: Usuario no registrado
Permutas CAM laborales fijos
Comunidad de Madrid. Art 66.8 Convenio Colectivo
Comunidad de Madrid. Art 66.8 Convenio Colectivo
Sin perjuicio del sistema de movilidad y de promoción de vacantes en el ámbito de este Convenio, durante la vigencia del mismo, la Administración podrá autorizar la permuta que se realice entre trabajadores fijos en activo, siempre que concurran las siguientes circunstancias:
Que los puestos de trabajo sean los mismos del Grupo y Categoría Profesional, Área de Actividad y Nivel retributivo.
Que los trabajadores que pretendan la permuta cuenten, respectivamente, con un número de años de servicio que no difiera entre sí en más de cinco años.
Que ninguno de los dos trabajadores que pretendan la permuta cumplan la edad de sesenta años en los cinco años siguientes a la solicitud.
La autorización de una permuta comportará la imposibilidad de autorizar otra a cualquiera de los interesados en un plazo de cinco años a contar desde la misma.
Serán anuladas las permutas autorizadas si en los dos años siguientes a su autorización, se produce la jubilación de alguno de los permutantes.
Para la concesión de la permuta, se exigirá informe previo favorable de las Conserjerías u Organismos afectados.
Los traslados por permuta no darán lugar a indemnización alguna.
Enviado el 24/07/2017 16:29Mensajes: Usuario no registrado
RE:Permutas CAM laborales fijos
hola estoy en el marañon de tarde de personal laboral fijo Auxiliar de Hosteleria, quisiera permutar por una plaza en el sur de Madrid da igual sitio y turno. muchas gracias
Enviado el 06/11/2017 19:45Mensajes: Usuario no registrado
RE:Permutas CAM laborales fijos
www webfuncionario com. En esa web puedes poner tu anuncio y buscar porque quizás otro haya anunciado permuta de lo que a ti te interesa.
Facebook cadena de favores entre empleados públicos. También puedes poner allí tu anuncio
Enviado el 11/02/2018 15:01Mensajes: Usuario no registrado
RE:Permutas CAM laborales fijos
Subo