ILEGAL límite edad (jl) - Foro Oposiciones Policia Local

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Foro creado el 29/11/2005 10:01 • Mensajes (Incluyendo respuestas): 1.010 • Último mensaje: 30/08/2025 12:35

Enviado el 11/08/2011 15:19Mensajes: Usuario no registrado
jl

ILEGAL límite edad

a ver si nos molestamos un poco y presentamos los recursos necesarios o reclamaciones (y el contencioso si hace falta) pues en Sevilla y Jaén ya se ha confirmado, en la Policía Nacional lo ha hecho el Tribunal Supremo sentando jurisprudencia.



en Canarias ya hemos empezado, se envió a los alcaldes con procesos selectivos y al Presidente del Gobierno de Canarias un escrito donde se exponía la vulneración del derecho a la igualdad



1 Respuestas al Mensaje

Enviado el 11/08/2011 15:50Mensajes: Usuario no registrado
jl

RE:ILEGAL límite edad

ENVÍO COPIA POR SI ALGUIEN LA QUIERE USAR COMO MODELO





A la atención del Sr Alcalde / Sr Presidente de la Comunidad

(dirección donde se encuentra la admon)



le expongo



1-que están publicándose en el boletín oficial de la provincia número xx con fecha xx bases para la convocatoria para plazas de policia local



2-dichos boletines anuncias requisito: tener 18 años y no superar los 32...



3-Que según boe numero 134 de 6 de junio de 2011 y sentencia del 21 de marzo de 2011 referente al recurso contencios-administrativo numero 626/2009 del Tribunal Supremo, queda patente que el limite de edad maximo exgido atenta contra la legalidad, al ser contrario a la Constitución española, donde se ven afectados los artículos 1, 9.2, 14, 23.2 y 103.3.



4-europa no tolera discriminaciones segun la carta de los derechos fundamentales de la union europea (201/C 83/02), diario oficial de la Union Europea del 30 de marzo de 2010. en su art.21. no discriminacion. 1.se prohibe toda discriminación, y en particular la ejercida por [...], edad; y la directiva 2000/78/CE del consejo, donde dice en su art. 6 entre otras cosas que la discriminacion por edad debe ser justificada objetiva y razonablemente pero EN EL MARCO DEL DERECHO NACIONAL. Este caso ha sido resuelto por sentencia del Tribunal Supremo en España, por lo que no cabe que administraciones inferiores apliquen un requisito ilegal vulnerando: Constitucion, Carta de los derechos fundamentales de la union europea, directiva 2000/78/CE, ley 7/2007, ley 62/2003 (de 30 de diciembre) y la jurisprudencia creada al efecto.



5-en la policia local de varios ayuntamientos se ha eliminado el limite de años por sentencias de los juzgados de lo contencioso-admvo, como ha sucedio en Sevilla (boletin de sevilla 279, de diciembre de 2009). En Jaen también (Anuncio de rectificacion de bases de 5 de agosto de 2010)



6-la sociedad lo lleva exigiendo mucho tiempo. La Generalitat valenciana se ha comprometido ya a anular dicho limite, ugt a solicitado a la Comunidad de Navarra que lo haga, etc.



por lo que le solicito:



1-que rectifique las bases de los procesos selectivos anulando el limite de edad conociendo la jurisprudencia creada por el Tribunal Supremos y sentencias de los juzgados de lo contencioso-admvo.



2-que no permita como Alcalde/presidente que se publiquen en el boe o continuen dichos procesos con objeto de evitar recursos judiciales innecesarios



En , a de de 2011

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