Personas que, cumpliendo los requisitos de acceso, quieran opositar a agente de hacienda. Modalidad: Online - Presencial
Opiniones:
Opinar sobre esta oposiciónPrecio: 110€/mes Información por teléfono: 601895864
Información General Oposiciones a Agente de Hacienda
La modalidad Presencial con aula virtual es nuestra innovadora metodología de clases presenciales con seguimiento mediante videoconferencia que ponemos a tu alcance para conseguir una excelente preparación para que consigas tu plaza de la manera más flexible.
Unimos las clases en vivo con los mejores preparadores y todos los medios didácticos y tecnológicos de un entorno virtual. El alumnado podrá elegir entre asistir a las clases presenciales en el centro de referencia, con un máximo de 15 alumnos por grupo, o seguir las clases en directo desde cualquier lugar.
Esto es posible gracias a una de las herramientas más innovadoras y completas: Microsoft Teams. Está integrada en nuestro entorno del Aula Virtual y permite de manera sencilla e intuitiva la mensajería instantánea, las llamadas de audio y vídeo, las reuniones en línea enriquecidas, las experiencias móviles y unas amplias capacidades de videoconferencia Web.
De este modo, nuestros preparadores especializados realizarán clases explicativas de los diferentes temas y realizarán la resolución de dudas del alumnado, tanto para el alumnado presente en el aula física como virtual.
Además, en el entorno de nuestra Aula Virtual el alumnado también tendrá disponibles durante las 24 horas del día todos los contenidos digitales y recursos didácticos necesarios:
Temario actualizado.
Supuestos prácticos.
Resúmenes y esquemas de los temarios.
Amplia batería de preguntas tipo test.
Orientador académico que te ayudará durante toda tu formación.
Información actualizada de convocatorias.
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Requisitos y Pruebas Oposiciones a Agente de Hacienda
FASE OPOSICIÓN
Primer ejercicio:
Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 100 preguntas de respuesta múltiple sobre las materias contenidas en el programa que figura como anexo III a la presente convocatoria.Para cada pregunta sepropondrán diversas respuestas, siendo solo una de ellas la correcta. Los aspirantes marcarán las contestaciones en la correspondiente hoja de examen. Las respuestas incorrectas serán penalizadas.Cada pregunta correctamente contestada se valorará con 1 punto. La puntuación directa del primer ejercicio se calculará conforme a la fórmula siguiente: A –[E / 4] (siendo «A» el número de aciertos y «E» el de errores). Las preguntas no respondidas o nulas no se computan.La duración máxima de esta prueba será de sesenta minutos.
Segundo ejercicio:
Consistirá en contestar por escrito un supuesto teórico-práctico relacionado con el anexo III.3 «Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario» del programa, con objeto de evaluar el conocimiento de los aspirantes manifestado en sus respuestas a las cuestiones planteadas, valorando su grado de corrección, adecuación, integridad y precisión, en una exposición apropiada y correctamente estructurada y contextualizada. El ejercicio deberá escribirse de tal modo que permita su lectura por cualquier miembro del Tribunal, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito.
a) Poseer la nacionalidad española.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller o Técnico o, alternativamente, poseer una antigüedad de diez años en los Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 o de cinco años y haber superado el curso específico al que se refiere la disposición adicional novena del citado Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. Así mismo se estará a lo establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada mediante Orden EDU/520/2011, del 7 de marzo.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá acreditar estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.
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