Oposiciones a Agentes de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid - Servicio Orientacion al Opositor Canaloposiciones

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Oposiciones a Agentes de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid Servicio Orientacion al Opositor Canaloposiciones

Dirigido a aquellas personas que deseen superar con éxito las oposiciones a Agentes de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid Modalidad: A Distancia - Online - Presencial - Semipresencial

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Precio: Consultar Duración: Consultar Información por teléfono: 601895864

Requisitos y Pruebas Oposiciones a Agentes de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid

1.- Ser español. 2.- Tener cumplidos los 18 años de edad. 3.- Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente, expedidos por el Ministerio de Eduación y Cultura con arreglo a la legislación vigente, o en condiciones de obtenerlo. 4.- Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones. 5.- No haber sido separado del servicio en virtud de expediente disciplinario de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública. 6.- Acreditar la aptitud física precisa mediante la presentación de un certificado médico. Este cértificado médico no excluye la obligación de los aspirantes .someterse al preceptivo reconocimiento médico por medio de los facultativos designados al efecto. 7.- Estar en posesión de los permisos de conducir de las clases A y B. Esta oposición está constituida por tres fases: Oposición Libre: Constará de los siguientes ejercicios, que tendrán carácter eliminatorio: Primer ejercicio: Pruebas psicotécnicas orientadas a comprobar que las aptitudes y rasgos de personalidad de los aspirantes son los más adecuados para las funciones a desempeñar. Segundo ejercicio: Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario compuesto por 90 preguntas tipo test, que versarán sobre el contenido del curso. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 90 minutos, pudiendo el Tribunal Calificador fijar una duración inferior. Tercer ejercicio: Pruebas Físicas. Consistirá en la realización de: - Prueba de velocidad de 60 metros. - Prueba de resistencia. - Salto vertical. - Lanzamiento de Balón Medicinal. Cuarto ejercicio: Reconocimiento médico. CURSO SELECTIVO DE FORMACIÓN. PERIODO DE PRÁCTICAS. CUADRO DE INUTILIDADES EN RELACIÓN A LA APTITUD FÍSICA PARA EL INGRESO EN EL CUERPO DE AGENTES DE MOVILIDAD 1. Exclusiones circunstanciales: Enfermedades o lesiones agudas, de solución médica o quirúrgica, activas en el momento del reconocimiento, que potencialmente puedan producir secuelas capaces de dificultar, limitar o impedir el desarrollo de las funciones exigidas para el puesto solicitado. En estos casos, el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas, con las asesorías necesarias, podrá fijar un nuevo plazo para comprobación del estado del aspirante al final del cual la asesoría médica certificará si persiste la situación, si han quedado secuelas o han desaparecido los motivos de exclusión circunstanciales. 2. Exclusiones definivas de carácter general: 2.1. Defectos físicos congénitos o adquiridos, de cualquier tipo o localización, que menoscabe o dificulte la función pública y las realizaciones específicas del puesto a que opta, o que puedan agravarse con el desempeño del mismo. 2.2. Enfermedades agudas o crónicas de cualquier aparato o sistema con posible repercusión sobre las realizaciones específicas del puesto a que opta, o que puedan agravarse con el desempeño del mismo. 3. Exclusiones definitivas de carácter específico: 3.1. Ojo y visión: 3.1.1. Agudeza visual espontánea remota inferior a 2/3 en ambos ojos con o sin corrección, según la escala de Wecker. Para la realización de esta prueba, los aspirantes podrán utilizar gafas o lentilla. 3.1.2. Hemianopsias. 3.1.3. Discromatopsias. 3.1.4. Desprendimiento de retina. 3.1.5. Estrabismo. 3.2. Oido y audición: Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios, o de 4.000 hertzios a 45 decibelios. 3.3. Hipertensión arterial, prescindiendo de su causa. Las cifras de presión arterial, tomadas con el sujeto en reposo y sentado, no deberán ser superiores a: Presión sistólica: 145 mm./Hg. // Presión diastólica: 90 mm./Hg. 3.4. La comprobación de los datos clínicos a que hace referencia este cuadro se hará solo y exclusivamente en el centro médico y por el Tribunal Médico designado al efecto, y sus resultados siempre han de referirse al momento de la exploración.


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