Personas interesadas en realizar unas Oposiciones a Maestro en Pedagogía Terapéutica. Modalidad: Presencial
Opiniones:
Opinar sobre esta oposiciónPrecio: 130 euros/mes Información por teléfono: 601895864
Información General Oposiciones a Maestro en Pedagogía Terapéutica
- Profesorado altamente cualificado y con resultados excelentes.
- Clases presenciales en nuestro centro de S. Vicente del Raspeig.
- Test propios, ejercicios prácticos y simulacros de examen.
- Campus virtual, con acceso inmediato a toda la información.
Fechas:
- Horario: viernes 17:00 – 21:00
- 4 horas a la semana
- Precio: 130 euros
- F.inicio: viernes 21 de septiembre
Información Cursos Similares
Requisitos y Pruebas Oposiciones a Maestro en Pedagogía Terapéutica
Requisitos de los candidatos:
Para poder participar en estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
- Nacionalidad, Tener la nacionalidad española o de un Estado miembro de la Unión Europea.
- Legislación, No hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad específica, señaladas en la legislación vigente.
- Capacidad, Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
- Estudios, Estar en posesión del título de Maestro o el título de Grado correspondiente.
- Idioma, Acreditar, en su caso, el conocimiento de la lengua valenciana.
- Incompatibilidad, No ser funcionario de carrera del mismo cuerpo al que se refiera la convocatoria
- Edad, Tener cumplidos dieciocho años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
PRUEBAS OPOSICIONES MAESTRO EN PEDAGOGÍA TERAPÉUTICA:
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases: Oposición y Concurso El desarrollo de las fases que se indican, se realizará con el orden que se referencia.
I.- FASE DE OPOSICIÓN
Constará de dos pruebas, que tendrán carácter eliminatorio. Todas las pruebas de las especialidades de idiomas modernos se desarrollarán en el idioma correspondiente. En todas las especialidades que incluyan habilidades instrumentales o técnicas, éstas deberán ser evaluadas en algunas de las pruebas.
PRUEBA 1
Tendrá por objeto la demostración de los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta. Constará de dos partes que serán valoradas conjuntamente:
• PARTE A Prueba práctica Todas las especialidades incluirán una prueba práctica que permita comprobar que los candidatos poseen la formación científica y el dominio de las habilidades técnicas correspondientes a la especialidad a la que opte.
• PARTE B Desarrollo de un tema Esta parte consistirá en el desarrollo por escrito de un tema elegido por el aspirante de entre cuatro temas, extraídos al azar por el tribunal.
Esta prueba se valorará de cero a diez puntos. Cada una de las dos partes de las que consta deberá suponer como mínimo tres puntos de los diez que comprenderá la valoración total de esta prueba. Para su superación, los aspirantes deberán alcanzar una puntuación mínima igual o superior a cinco puntos, siendo ésta el resultado de sumar las puntuaciones correspondientes a las dos partes. A estos efectos la puntuación obtenida en cada una de las partes deberá ser igual o superior al 25 % de la puntuación asignada a las mismas.
PRUEBA 2
Tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. Consistirá en la presentación de una programación didáctica y en la preparación y exposición oral de una unidad didáctica:
• PARTE A Presentación + defensa de una programación didáctica La programación didáctica hará referencia al currículo de un área, materia o módulo relacionados con la especialidad por la que se participa, en la que deberá especificarse los objetivos, contenidos, criterios de evaluación y metodología, así como a la atención al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. Esta programación se corresponderá con un curso escolar de uno de los niveles o etapas educativas en el que el profesorado de esa especialidad tenga atribuida competencia docente para impartirlo. La programación elaborada por el aspirante deberá presentarse y ser defendida ante el tribunal en el momento que establezca la Administración educativa convocante.
• PARTE B Preparación y exposición oral de una unidad didáctica La preparación y exposición oral, ante el tribunal, de una unidad didáctica podrá estar relacionada con la programación presentada por el aspirante o elaborada a partir del temario oficial de la especialidad. En el primer caso, el aspirante elegirá el contenido de la unidad didáctica de entre tres extraídas al azar por él mismo, de su propia programación. En el segundo caso, el aspirante elegirá el contenido de la unidad didáctica de un tema de entre tres extraídos al azar por él mismo, del temario oficial de la especialidad. En la elaboración de la citada unidad didáctica deberán concretarse los objetivos de aprendizaje que se persiguen con ella, sus contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear en el aula y sus procedimientos de evaluación. Para la preparación y exposición de la unidad didáctica el aspirante podrá utilizar el material auxiliar que considere oportuno y que deberá aportar él mismo, así como un guión o equivalente que deberá ser entregado al tribunal al término de aquella.
Esta prueba se valorará globalmente de cero a diez puntos, debiendo alcanzar el aspirante, para su superación, una puntuación igual o superior a cinco puntos.
CALIFICACIONES FASE DE OPOSICIÓN Las calificaciones de las pruebas se expresarán en números de cero a diez. En ellas será necesario haber obtenido una puntuación igual o superior a cinco puntos para poder acceder a la prueba siguiente o, en el caso de la última prueba, para proceder a la valoración de la fase de concurso.
II.- FASE DE CONCURSO.
Los méritos, que el tribunal calificador valorará, deberán ser alegados y debidamente justificados, por los aspirantes al concurso oposición, antes de que finalice el plazo de presentación de instancias, en el bien entendido, que lo que no se alegue y justifique en tiempo y forma, no se tendrá en cuenta por el tribunal. Los méritos a computar son los que a continuación se relacionan, con la puntuación que se indica y hasta un máximo de 13 puntos:
1. Por servicios prestados en cualquiera de las Administraciones Públicas como funcionario o como personal laboral, hasta un máximo de 5 puntos, de acuerdo con la siguiente escala:
a. En el desempeño de tareas administrativas de apoyo y colaboración con la gestión tributaria y recaudación de tributos locales o con la gestión catastral, propias de la categoría profesional objeto de la convocatoria, 0,10 puntos por mes trabajado.
b. En el desempeño de otras tareas, categorías o puestos de trabajo, 0,04 puntos por mes trabajado. El tiempo de servicios computable se puntuará por meses efectivos completos, despreciándose las fracciones inferiores a un mes, y valorándose exclusivamente en un solo apartado de la escala indicada. Así mismo, en caso de servicios prestados o experiencia profesional a tiempo parcial, solo se valorarán los de igual o superior al 50% de la jornada legal a cumplir con carácter general en las Administraciones Públicas. Butlletí Oficial de la Província d´Alacant edita excma. diputació provincial d´alacant Boletín Oficial de la Provincia de Alicante edita excma. diputación provincial de alicante Nº 145 de 29/07/2016 Pág. 13 8354 / 2016 Para la acreditación de los servicios prestados en cualquier Administración Pública, deberá presentarse certificado suficiente expedido por la Unidad de Personal, o por la unidad administrativa competente en defecto de aquella, donde conste el tiempo efectivo de desempeño del puesto de trabajo, régimen jurídico, y funciones correspondientes cuando la denominación no coincida exactamente con la de ayudante tributario.
2. Por haber superado todos los ejercicios de pruebas selectivas para proveer plazas funcionariales o laborales de carácter definitivo relacionadas con tareas administrativas de apoyo y colaboración con la gestión tributaria y recaudación de tributos locales o con la gestión catastral, propias de la categoría profesional objeto de la convocatoria, que incluyan, como mínimo, dos ejercicios: uno sobre conocimientos teóricos y otro consistente en un supuesto práctico, 1 punto. Para la valoración de este mérito, será necesario presentar certificación acreditativa que, a juicio del tribunal, justifique el contenido antes indicado.
3. Por estar en posesión de titulación académica superior a la exigida en la convocatoria, hasta un máximo de 1 punto y de acuerdo con la escala que se indica: a.- Bachiller superior, B.U.P., C.O.U. o acceso Universidad, 0,30 puntos. b.- Títulos medios universitarios no especificados en el punto “c.”, o tres cursos de licenciatura no especificados en el punto “d.”, 0,50 puntos. c.- Título medio universitario de Graduado Social o Relaciones Laborales, Diplomado en Empresariales, Diplomado en Gestión y Admón. Pública, Ingeniería Técnica de Obras Públicas, Ingeniería Técnica de Topografía o tres años de títulos Butlletí Oficial de la Província d´Alacant edita excma. diputació provincial d´alacant Boletín Oficial de la Provincia de Alicante edita excma. diputación provincial de alicante Nº 145 de 29/07/2016 Pág. 14 8354 / 2016 superiores universitarios especificados en el punto d), o títulos superiores universitarios no especificados en el punto “d.”, 0,75 puntos. d.- Título superior universitario de Derecho, Económicas, Empresariales, Administración y Dirección de Empresas, Gestión y Admón. Pública, Ciencias del Trabajo, Políticas, Arquitectura, Ingeniería Forestal, Ingeniería del Medio Natural, Ingeniería Geomatica y Topografía, Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos, Ingeniería Civil, Ingeniería de Minas e Ingeniería de la Edificación, 1 punto. No se valorarán como méritos aquellas titulaciones académicas que fueran utilizadas para la consecución de otras de igual o superior nivel y que sean alegadas como méritos.
4. La participación acreditada en cursos de formación o especialización organizados por Organismos Oficiales, en los cuales quede acreditada su asistencia y aprovechamiento, cuya duración sea de 15 ó más horas, de acuerdo con la escala que se indica y hasta un máximo de 5 puntos: A) Cursos relacionados directamente con las funciones de la categoría objeto de la convocatoria, en virtud del grupo al que se haya optado, en función de su duración, según se indica y hasta un máximo de 4 puntos.
a) Los de duración superior o igual a 40 horas lectivas, 2,5 puntos cada uno. b) Los de duración comprendida entre 15 y 39 horas, ambas inclusive, 1,5 puntos cada uno. B) Otros cursos relacionados con las funciones de la categoría objeto de la convocatoria, en virtud del grupo al que se haya Butlletí Oficial de la Província d´Alacant edita excma. diputació provincial d´alacant Boletín Oficial de la Provincia de Alicante edita excma. diputación provincial de alicante Nº 145 de 29/07/2016 Pág. 15 8354 / 2016 optado, en función de su duración y contenido, hasta un máximo de 1 punto, de acuerdo con la siguiente escala: – De 15 a 100 horas, 0,25 puntos. – Más de 100 horas, 0,50 puntos. No se valorará, tanto los cursos que no acrediten las horas de duración como los inferiores a 15 horas lectivas, los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas, mesas redondas, encuentros, debates, congresos, seminarios, simposios o análogos.
5. El conocimiento del Idioma Inglés, se valorará siempre que se acredite estar en posesión de un título, diploma o certificado ajustado a lo dispuesto en el Decreto 61/2013, de 17 de mayo, del Consell, modificado por la Orden 93/2013, de 11 de noviembre, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte y de acuerdo a los niveles establecidos por el Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas y con arreglo a la siguiente escala: 1) Nivel A2 0,20 2) Nivel B1 o superior 0,40 En caso de poseer más de un certificado, solo se valorará el de nivel superior.
6. El conocimiento del Valenciano, se valorará siempre que se acredite estar en posesión del certificado expedido por la JUNTA QUALIFICADORA DE CONEIXEMENTS DE VALENCIÀ o equivalente reconocido por la Generalitat Valenciana, con arreglo a la siguiente escala: 1) Nivell Elemental 0,20 Butlletí Oficial de la Província d´Alacant edita excma. diputació provincial d´alacant Boletín Oficial de la Provincia de Alicante edita excma. diputación provincial de alicante Nº 145 de 29/07/2016 Pág. 16 8354 / 2016 2) Nivell Mitjà 0,40 3) Nivell Superior 0,60 En caso de poseer más de un certificado de conocimiento del valenciano, solo se valorará el de nivel superior. Los cursos y méritos que se alegan deberán acreditarse documentalmente antes que finalice el plazo de presentación de instancias, salvo en relación a los cursos, y bajo el único supuesto, que en esas fechas, se encuentren realizando la acción formativa y finalice antes del inicio del proceso selectivo, situación que deberá indicarse y justificarse en la instancia, así como, aportar la documentación referente al curso una vez finalizado, que en todo caso, deberá ser antes de la fecha que se disponga para la sesión de inicio de la fase de oposición. La calificación total de la fase de concurso, se obtendrá sumando los puntos conseguidos en los distintos apartados. Estos puntos no podrán ser aplicados en ningún caso para superar la fase de oposición. La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio, solamente se procederá a puntuar el concurso en el caso de haber superado el nivel de aptitud establecido para todos y cada uno de los ejercicios de carácter eliminatorio de la fase de oposición.
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Programa Oposiciones a Maestro en Pedagogía Terapéutica
TEMARIO OPOSICIONES MAESTRO EN PEDAGOGÍA TERAPÉUTICA
1. La evolución de la educación especial en Europa en las últimas décadas: de la institucionalización y del modelo clínico a la normalización de servicios y al modelo pedagógico.
2. La Educación Especial en el marco de la LOGSE. Su desarrollo normativo. El concepto de alumnos con necesidades educativas especiales.
3. El proceso de identificación y de valoración de las necesidades educativas especiales de los alumnos y de las alumnas y su relación con el currículo. Decisiones de escolarización. La evaluación del proceso educativo y criterios de promoción para estos alumnos.
4. El centro ordinario y la respuesta a las necesidades especiales de los alumnos y de las alumnas. El Proyecto Educativo y el Proyecto Curricular en relación con estos alumnos. Las adaptaciones curriculares.
5. El centro específico de Educación Especial: características del Proyecto Educativo y del Proyecto Curricular. Referentes básicos y criterios para su elaboración.
6. La orientación en el proceso educativo de los alumnos y de las alumnas con necesidades educativas especiales. Estructura y organización y función de la orientación de estos alumnos.
7. Los recursos materiales y personales para la atención de los alumnos y de las alumnas con necesidades educativas especiales. Recursos de la escuela. Recursos externos a la escuela. Colaboración entre servicios específicos y servicios ordinarios.
8. El maestro de educación especial. Funciones. Modalidades de intervención. Relación del maestro de educación especial con el resto de los maestros del centro y con los Servicios de apoyo externos a la escuela.
9. La participación de la familia en la educación de los alumnos y de las alumnas con necesidades educativas especiales. Cauces de participación. El papel de los padres en la toma de decisiones respecto al proceso de escolarización de estos alumnos.
10. Los alumnos y las alumnas de Educación Infantil. Desarrollo evolutivo en los diferentes ámbitos: motor, cognitivo, lingüístico, afectivo y social. Alteraciones en el desarrollo.
11. Las necesidades educativas especiales en la etapa de Educación Infantil. La respuesta educativa a las necesidades especiales de estos alumnos en el Proyecto Curricular y en las programaciones. Las adaptaciones curriculares.
12. Los alumnos y las alumnas de Educación Primaria. Desarrollo evolutivo en los diferentes ámbitos: motor, cognitivo, lingüístico, afectivo y social. Alteraciones en el desarrollo.
13. Las necesidades educativas especiales en la etapa de Educación Primaria. La respuesta educativa a las necesidades especiales de estos alumnos en el Proyecto Curricular y en las programaciones. Las adaptaciones curriculares.
14. Las necesidades educativas especiales de los alumnos y de las alumnas con deficiencia auditiva. Aspectos diferenciales en las distintas áreas del desarrollo. Identificación de las necesidades educativas especiales de estos alumnos. Sistemas de detección del déficit auditivo.
15. Criterios para la elaboración de adaptaciones curriculares para alumnos y alumnas con deficiencia auditiva. Ayudas técnicas para la deficiencia auditiva. Organización de la respuesta educativa.
16. Las necesidades educativas especiales de los alumnos y de las alumnas con deficiencia visual. Aspectos diferenciales en las distintas áreas del desarrollo. Identificación de las necesidades educativas especiales de estos alumnos. Aprovechamiento de la visión residual.
17. Criterios para la elaboración de adaptaciones curriculares para alumnos y alumnas con deficiencia visual. Utilización de recursos educativos y ayudas técnicas. Organización de la respuesta educativa.
18. Las necesidades educativas especiales de los alumnos y de las alumnas con deficiencia motora. Aspectos diferenciales en las distintas áreas del desarrollo. Los alumnos con deficiencia motora y otras diferencias asociadas. Identificación de las necesidades educativas especiales de estos alumnos.
19. Criterios para la elaboración de adaptaciones curriculares para alumnos y alumnas con deficiencia motora. Organización de la respuesta educativa.
20. Las necesidades educativas especiales de los alumnos y de las alumnas con deficiencia mental. Aspectos diferenciales en las distintas áreas del desarrollo. Identificación de las necesidades educativas especiales de estos alumnos.
21. Criterios para la elaboración de adaptaciones curriculares para alumnos y alumnas con deficiencia mental. Organización de la respuesta educativa.
22. Los problemas de comportamiento en el ámbito educativo. Análisis de los factores que intervienen desde una perspectiva interactiva. El papel de la escuela en la prevención de los problemas de comportamiento.
23. Las necesidades educativas especiales de los alumnos y de las alumnas con autismo o con otras alteraciones graves de la personalidad. La identificación de las necesidades educativas especiales de estos alumnos.
24. Criterios para la elaboración de adaptaciones curriculares para alumnos y alumnas con autismo o con otras alteraciones graves de la personalidad. Organización de la respuesta educativa.
25. Los alumnos y las alumnas precoces, con talento y superdotados. Identificación de las necesidades educativas de estos alumnos. Organización de la respuesta educativa.
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