Oposiciones Administracion del Estado en Cesepol

Oposiciones al Servicio de Vigilancia Aduanera
Oposiciones Agente del Servicio de Vigilancia AduaneraPersonas que, cumpliendo los requisitos de acceso, quieran opositar al servicio de vigilancia aduanera. - Nacionalidad: las personas candidatas deberán tener la nacionalidad española, de acuerdo con el Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores. Capacidad: poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas. Edad: tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Habilitación: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a cuerpos o escalas de funcionarios de carrera, ni pertenecer al mismo cuerpo o escala al que se presenta. En el caso de las pruebas limitadas al acceso a una especialidad de un cuerpo o escala, no tener previamente reconocida la misma. Carecer de antecedentes penales. Comprometerse a portar armas en el ejercicio de sus funciones, en los términos en que se disponga por los responsables de las Unidades en que presten servicios. Este compromiso se prestará a través de declaración del solicitante. Las personas aspirantes a las plazas de la especialidad marítima reservadas al personal de Tropa y Marinería deberán encontrarse en activo y llevar cinco años de servicios como tales a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. La no acreditación de este requisito comportará la adscripción a las plazas de acceso general. El personal funcionario español de Organismos Internacionales podrá acceder al empleo público siempre que posea la titulación requerida y supere los correspondientes procesos selectivos. Este personal tiene derecho a solicitar a la Comisión Permanente de Homologación la exención de la realización de pruebas encaminadas a acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen. Esta petición deberá efectuarse con anterioridad al último día del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso correspondiente y se acompañará de la acreditación de convocatorias, programas y pruebas superadas, así como de la correspondiente certificación expedida por el Organismo Internacional en cuestión. A estos efectos, se tendrá en cuenta lo establecido en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero, sobre el acceso de funcionarios de nacionalidad española de Organismos internacionales a los cuerpos y escalas de la Administración General del Estado. Antes de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las listas de aprobados de la fase de oposición, las personas aspirantes deberán, además, reunir los siguientes requisitos: Para ambas especialidades: estar en posesión del permiso de conducir categoría o clase B. Para el acceso a la especialidad marítima, estar en posesión de alguno de los certificados, títulos o tarjetas profesionales siguientes: Título profesional de Marinero de Puente. Título profesional de Marinero de Máquinas. Tarjeta profesional de Marinero Pescador. Modalidad: Online Centro: Cesepol